La Justicia reclama a Hacienda que deje de sancionar a los contribuyentes por errores involuntarios

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha allanado el camino para que Hacienda deje de imponer sanciones a los contribuyentes por errores involuntarios en sus declaraciones. El tribunal destaca la existencia del “derecho al error”, subrayando que la Agencia Tributaria debe tenerlo en cuenta, especialmente dada la complejidad de las normas y procedimientos tributarios.

La sentencia, fechada el 28 de noviembre y redactada por la magistrada María Dolores Rivera Frade, insta a la Administración a considerar la complejidad de las normas al evaluar la culpabilidad del contribuyente, incluso cuando este haya contado con asesores fiscales para realizar sus declaraciones.

Además, la sentencia hace referencia a la propuesta del Consejo para la Defensa del Contribuyente en 2022 para incorporar el derecho al error en el Ordenamiento tributario español. Aunque esta propuesta aún no se ha reflejado en la Ley General Tributaria, el TSJG considera que ha iniciado un camino que podría evitar sanciones por incumplimientos involuntarios de las normas fiscales.

El tribunal resuelve un litigio entre un contribuyente y la Administración, que le impuso sanciones por un total de 72.600 euros por declarar incorrectamente las ganancias de la venta de participaciones de una empresa en las declaraciones de la Renta de 2014, 2015 y 2016. Aunque el contribuyente aceptó la regularización, solicitó la anulación de la infracción alegando que no cumplía con las exigencias mínimas de motivación, ya que no se demostraba la culpabilidad. Hacienda, por su parte, consideraba que la negligencia merecía el reproche sancionador.

El TSJG argumenta que aceptar este razonamiento equivaldría a sancionar comportamientos solo por implicar un incumplimiento de las normas y de las obligaciones fiscales, destacando que en materia sancionadora se requiere un elemento subjetivo sancionador. Según el tribunal, en este caso, hay datos que generan dudas sobre la intencionalidad infractora del contribuyente, debido a la complejidad de las operaciones realizadas. El tribunal gallego respalda al contribuyente y anula las sanciones impuestas por Hacienda
(El Economista, 11-01-2024)



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