El registro digital será exigible sin importar el tamaño de su plantilla. Las empresas deberán registrar la jornada laboral de sus empleados mediante medios telemáticos.

Los registros en papel con los horarios de entrada y salida analógicos dejarán de ser válidos.

Gracias a lo que hemos podido ver en el borrador de la ley de reducción de jornada laboral enviado por el Ministerio de Trabajo. La ley implementa la reducción del tiempo máximo de trabajo y tiene diferentes aspectos de reforma. Entre ellos, la reforma la obligación existente para las empresas de controlar el horario de trabajo. El fichaje analógico dejará de ser válido y se prevé un aumento de las multas para las empresas que incumplan con el registro horario.

Registro digital

Inicialmente, la propuesta era limitar la obligatoriedad del registro de jornada telemático a las empresas con 50 o más empleados. La futura obligación se aplicará a todas las empresas sin excepción.

Esta reforma pretende disminuir la manipulación de registros por parte del empresario y permite a la autoridad laboral poder acceder en remoto a los registros.

Desde 2019, todas las empresas están obligadas a registrar adecuadamente las horas trabajadas por sus empleados y su distribución. Sin embargo, la reforma se consideró insuficiente y con fallos que facilitaban el incumplimiento.

Uno de los fallos principales residía en el sistema de multas. Para solventar esta problemática, la propuesta es que haya tantas multas como trabajadores en situación irregular se encuentren. Por otro lado, también se contempla un aumento en la cuantía de las multas. Las infracciones graves se sancionarán con multas de entre 1.000 y 2.000 euros en su grado mínimo, de entre 2.001 y 5.000 euros en su grado medio, y de entre 5.001 y 10.000 euros en su grado máximo.

El objetivo del Ministerio de Trabajo pretende que la reducción de la jornada laboral entre en vigor en 2024.



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