Discriminación Fiscal: El TS Examina el tratamiento de no residentes en el Impuesto sobre el Patrimonio

Discriminación Fiscal: El TS Examina el tratamiento de no residentes en el Impuesto sobre el Patrimonio

El Tribunal Supremo ha planteado el tema de la discriminación que enfrentan los no residentes en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), ya que no pueden beneficiarse del límite conjunto del 60% sobre sus ingresos, que se aplica también al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este límite permite que la carga fiscal total de ambos impuestos no exceda el 60% de los ingresos anuales.

El Supremo ha decidido revisar un recurso de casación tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Baleares, que afirmó que los no residentes deberían poder acceder a este límite, lo que disminuiría su carga fiscal. Los jueces se cuestionan si el hecho de residir en España o en el extranjero justifica un trato distinto, y si la razón detrás de este límite, que busca prevenir un efecto confiscatorio para los residentes, puede aplicarse también a los no residentes.

Los magistrados enfatizan la necesidad de determinar si esta diferencia en el tratamiento es justificada o si, por el contrario, constituye una forma de discriminación. El TSJ de Baleares consideró que dicha distinción era discriminatoria, argumentando que el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio solo toma en cuenta la residencia habitual del contribuyente, sin considerar factores como su capacidad económica o su situación personal y familiar. Por lo tanto, rechazó la diferencia de tratamiento fiscal entre residentes y no residentes.



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